Una iniciativa presentada en el Congreso de Puebla busca sancionar con multas de 5,865 a 11,731 pesos a las personas que graben o transmitan emergencias y accidentes en lugar de auxiliar a las víctimas. La propuesta, impulsada por la bancada de Morena, fue turnada a la Comisión de Procuración y Administración de Justicia para su análisis.
La diputada Ana Lilia Tepole Armenta presentó el jueves 22 de mayo de 2026 la iniciativa para reformar el artículo 350 del Código Penal del Estado de Puebla. El objetivo central es evitar que las personas prioricen difundir siniestros para obtener vistas en plataformas digitales cuando podrían brindar auxilio a quienes lo necesitan.
Qué propone la reforma al Código Penal de Puebla
La iniciativa de la legisladora morenista plantea una modificación específica al artículo 350 del Código Penal poblano, que actualmente regula la omisión de auxilio a personas en situación de peligro. La propuesta busca incorporar sanciones económicas significativas para quienes, teniendo la posibilidad de ayudar, opten por grabar o transmitir el evento en lugar de prestar asistencia.
El planteamiento legislativo establece multas que van desde los 5,865 pesos como mínimo hasta los 11,731 pesos como máximo. Estas cantidades representan un incremento considerable respecto a las sanciones económicas vigentes en el mismo artículo.
La propuesta responde a una problemática que se ha vuelto recurrente en escenarios de emergencia: personas que, al presenciar un accidente o situación de peligro, priorizan la grabación y difusión del evento en redes sociales sobre la posibilidad de brindar ayuda inmediata a las víctimas.
Cómo son las sanciones actuales por omisión de auxilio
El artículo 350 vigente del Código Penal de Puebla ya contempla sanciones para quienes no brinden atención a personas que requieren ayuda. La normativa actual establece:
Al que encuentre abandonado en cualquier sitio a un menor incapaz de cuidarse a sí mismo, o a una persona herida, inválida o amenazada de un peligro cualquiera y no diere aviso inmediato a la autoridad u omitiere prestarle el auxilio necesario, cuando pudiere hacerlo sin riesgo personal, se le impondrán de uno a seis meses de prisión o multa de una a diez Unidades de Medida y Actualización (UMA)
Esta sanción actual equivale a multas de entre 117 y 1,173 pesos, montos que resultan significativamente menores a los propuestos en la nueva iniciativa. La diferencia entre las sanciones vigentes y las propuestas evidencia el interés de la legisladora por endurecer las consecuencias económicas de esta conducta.
La pena de prisión contemplada actualmente oscila entre uno y seis meses, aunque la iniciativa presentada se enfoca específicamente en el incremento de las multas y no se ha confirmado que proponga modificaciones a las penas privativas de libertad.
Comparativo entre multas actuales y propuestas
Para dimensionar el alcance de la reforma propuesta, resulta útil contrastar las sanciones económicas:
Multa actual mínima: 117 pesos (1 UMA)
Multa actual máxima: 1,173 pesos (10 UMA)
Multa propuesta mínima: 5,865 pesos
Multa propuesta máxima: 11,731 pesos
El incremento representa un aumento de aproximadamente 50 veces en el monto mínimo y de 10 veces en el monto máximo respecto a las sanciones económicas vigentes. Este endurecimiento de las multas busca generar un efecto disuasivo más efectivo en quienes presencian emergencias.
Cuál es el proceso legislativo que seguirá la iniciativa
La propuesta fue turnada a la Comisión de Procuración y Administración de Justicia del Congreso del Estado de Puebla, instancia que deberá analizar y dictaminar la viabilidad de la reforma. El órgano legislativo poblano cuenta con 41 legisladores que eventualmente deberán votar la iniciativa si esta avanza en el proceso legislativo.
Hasta el momento no se ha establecido una fecha tentativa para la discusión del tema en comisiones o en el pleno del Congreso. Tampoco se conoce la postura de otros partidos políticos o legisladores respecto a la propuesta de la diputada Tepole Armenta.
Es importante señalar que la iniciativa se encuentra en etapa de análisis y no ha sido aprobada. Para convertirse en ley, deberá pasar por el proceso de dictaminación en comisiones, discusión en el pleno y, de ser aprobada, su posterior publicación en el Periódico Oficial del Estado.
Otras propuestas presentadas por la diputada
En la misma sesión legislativa, la diputada Ana Lilia Tepole Armenta presentó una segunda propuesta para reformar la fracción V del artículo 60 de la Ley de la Juventud para el Estado de Puebla. Esta iniciativa fue turnada a la Comisión de Juventud y Deporte para su respectivo análisis.
Ambas propuestas forman parte de la actividad legislativa de la diputada morenista durante el actual periodo de sesiones del Congreso poblano.
Qué información falta por conocer
Existen varios aspectos de la iniciativa que aún no han sido dados a conocer públicamente. No se ha difundido el texto específico del nuevo párrafo que se propone agregar al artículo 350 del Código Penal, lo que limita el conocimiento completo del alcance de la reforma.
Tampoco se conocen los casos específicos que motivaron la presentación de esta iniciativa por parte de la legisladora. Asimismo, no hay información disponible sobre la postura de otros grupos parlamentarios representados en el Congreso de Puebla respecto a esta propuesta.
La fecha de votación en comisiones o en el pleno legislativo permanece sin definir, por lo que el avance de la iniciativa dependerá del trabajo que realice la Comisión de Procuración y Administración de Justicia en las próximas semanas o meses.
Contexto sobre el fenómeno que busca combatir la iniciativa
La propuesta legislativa aborda un fenómeno que ha generado debate en diversos ámbitos: la tendencia de algunas personas a priorizar la grabación y transmisión de accidentes, emergencias médicas o situaciones de riesgo con el objetivo de obtener visualizaciones en plataformas digitales y redes sociales.
Esta conducta, según lo planteado en la iniciativa, puede resultar en la omisión de auxilio a personas que requieren atención inmediata. La propuesta busca establecer consecuencias económicas más severas para disuadir este comportamiento cuando el testigo tiene la posibilidad de ayudar sin poner en riesgo su propia integridad.
El debate sobre este tema involucra consideraciones sobre el deber de auxilio ciudadano, el uso de dispositivos móviles en situaciones de emergencia y los límites de la libertad de grabación en espacios públicos cuando existe una persona que requiere asistencia.
Preguntas frecuentes
¿De cuánto sería la multa por grabar accidentes sin ayudar en Puebla?
La iniciativa propone multas de entre 5,865 y 11,731 pesos para quienes graben o transmitan durante emergencias en lugar de auxiliar a las víctimas. Esta propuesta aún no ha sido aprobada y se encuentra en análisis en la Comisión de Procuración y Administración de Justicia del Congreso de Puebla.
¿Cuál es la sanción actual por no auxiliar a una persona herida en Puebla?
El artículo 350 vigente del Código Penal de Puebla establece una pena de uno a seis meses de prisión o multa de 1 a 10 UMA, lo que equivale a entre 117 y 1,173 pesos, para quien no brinde auxilio a una persona herida, inválida o en peligro cuando pudiera hacerlo sin riesgo personal.
¿Quién presentó la iniciativa sobre multas por grabar accidentes?
La diputada Ana Lilia Tepole Armenta, integrante de la bancada de Morena en el Congreso de Puebla, presentó la iniciativa el jueves 22 de mayo de 2026. La propuesta busca reformar el artículo 350 del Código Penal del Estado de Puebla.
¿Ya fue aprobada la ley que multa a quienes graban accidentes en Puebla?
No, la iniciativa no ha sido aprobada. La propuesta fue turnada a la Comisión de Procuración y Administración de Justicia para su análisis y dictaminación. No se ha establecido una fecha para su discusión o votación en el pleno del Congreso.
La iniciativa presentada por la diputada Ana Lilia Tepole Armenta permanece en etapa de análisis legislativo en el Congreso de Puebla, donde los 41 legisladores deberán eventualmente pronunciarse sobre la viabilidad de incrementar las sanciones económicas para quienes omitan brindar auxilio en situaciones de emergencia por priorizar la grabación o transmisión de los hechos.

