En este artículo
- Así ocurrió el homicidio en Santa Cruz Xonacatepec
- Sentencia confirmada por el Tribunal de Alzada
- Implicaciones legales para los sentenciados
- Preguntas frecuentes
La Fiscalía General del Estado (FGE) de Puebla obtuvo una sentencia condenatoria firme de 23 años y 9 meses de prisión contra Mario Alberto N., Daniel Alejandro N. y Eduardo N., quienes fueron declarados culpables del delito de homicidio calificado cometido en la ciudad de Puebla. La resolución quedó ejecutoriada tras ser confirmada en segunda instancia por el Tribunal de Alzada, lo que significa que ya no admite recurso alguno.
El caso se remonta al 29 de octubre de 2022, cuando los tres sentenciados privaron de la vida a un hombre al interior de un anexo ubicado en la junta auxiliar de Santa Cruz Xonacatepec, en la capital poblana. Según las pruebas presentadas durante el juicio oral, la víctima falleció a consecuencia de agresiones físicas que le provocaron lesiones mortales.
Así ocurrió el homicidio en Santa Cruz Xonacatepec
De acuerdo con la investigación ministerial, los hechos se registraron en un centro de rehabilitación conocido comúnmente como anexo, establecimientos que han sido objeto de controversia en diversas ocasiones debido a las condiciones en que operan algunos de ellos. En este lugar, los tres imputados atacaron físicamente a un hombre cuya identidad no fue revelada por las autoridades.
El Ministerio Público logró acreditar plenamente la responsabilidad penal de Mario Alberto N., Daniel Alejandro N. y Eduardo N. mediante pruebas científicas, testimoniales y documentales que fueron desahogadas durante las audiencias del juicio oral. La contundencia del material probatorio permitió al Tribunal de Enjuiciamiento determinar que los acusados actuaron con ventaja y alevosía, calificativas que agravan el delito de homicidio.
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Sentencia confirmada por el Tribunal de Alzada
Tras el fallo inicial del Tribunal de Enjuiciamiento, la defensa de los sentenciados interpuso un recurso de apelación buscando modificar o revocar la condena. Sin embargo, el Tribunal de Alzada analizó los agravios presentados y determinó confirmar íntegramente la sentencia de primera instancia, por lo que esta quedó firme y ejecutoriada.
Esta resolución judicial representa un paso significativo en la procuración de justicia para la familia de la víctima, que esperó casi cuatro años para ver a los responsables del crimen recibir una condena definitiva. El proceso penal siguió todas las etapas establecidas en el Sistema de Justicia Penal Acusatorio, incluyendo la investigación inicial, la vinculación a proceso, el juicio oral y la apelación.
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Implicaciones legales para los sentenciados
Además de la pena privativa de libertad, el tribunal impuso a los tres responsables otras medidas legales de carácter accesorio que refuerzan el castigo por el delito cometido:
- Negación del beneficio de conmutación de la pena: Los sentenciados no podrán sustituir la prisión por otra sanción alternativa.
- Reparación del daño: Deberán cubrir el pago correspondiente a la familia de la víctima como medida de justicia restaurativa.
- Suspensión de derechos políticos y civiles: Durante todo el tiempo que permanezcan privados de la libertad, no podrán ejercer derechos como votar, ser votados o celebrar contratos.
La FGE destacó que este resultado es producto de un trabajo coordinado entre agentes del Ministerio Público, peritos y policías de investigación, quienes lograron integrar un expediente sólido que resistió el escrutinio judicial en todas las instancias. El caso ejemplifica la importancia de la profesionalización en la investigación criminal para obtener sentencias condenatorias que no puedan ser revocadas.
Contexto de violencia en anexos de rehabilitación
Los centros de rehabilitación no regulados, conocidos popularmente como anexos, han sido escenario de diversos hechos violentos en México. Organizaciones de derechos humanos han documentado casos de maltrato, privación ilegal de la libertad e incluso homicidios al interior de estos establecimientos, que en ocasiones operan sin la supervisión adecuada de las autoridades sanitarias.
En Puebla, el Gobierno del Estado ha implementado operativos de verificación para detectar anexos que funcionen de manera irregular. Sin embargo, la demanda de servicios de tratamiento para adicciones sigue siendo superior a la oferta de centros certificados, lo que propicia la proliferación de establecimientos clandestinos donde los internos pueden ser vulnerables a abusos.
Con esta sentencia, la Fiscalía General del Estado de Puebla reafirma su compromiso de combatir la impunidad y garantizar justicia para las víctimas de delitos graves. Las autoridades exhortaron a la ciudadanía a denunciar cualquier hecho delictivo a través de los canales oficiales, incluyendo la línea de emergencias 911 y el número de la FGE para reportes anónimos.
Preguntas frecuentes
¿Qué es el homicidio calificado según la ley mexicana?
El homicidio calificado es aquel que se comete con premeditación, alevosía, ventaja o traición. Estas circunstancias agravan el delito y conllevan penas más severas que el homicidio simple, pudiendo alcanzar hasta 50 años de prisión en algunos estados.
¿Qué significa que una sentencia quede ejecutoriada?
Una sentencia ejecutoriada es aquella que ya no puede ser impugnada por ningún recurso legal ordinario. Esto ocurre cuando se agota el plazo para apelar o cuando un tribunal superior confirma el fallo, como sucedió en este caso.
¿Dónde se encuentra la junta auxiliar de Santa Cruz Xonacatepec?
Santa Cruz Xonacatepec es una junta auxiliar ubicada al noreste de la ciudad de Puebla. Forma parte del municipio de Puebla y cuenta con una población que combina zonas urbanas y rurales.
¿Los sentenciados pueden solicitar reducción de pena?
El tribunal negó expresamente el beneficio de conmutación de la pena, lo que significa que no podrán sustituir la prisión por otra sanción. Sin embargo, podrían acceder a beneficios preliberacionales después de cumplir un porcentaje de la condena, según la legislación vigente.
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